Todos los que intervenimos en esta instructiva página virtual, conocemos el BOPE (Banco Oficial de Pruebas de España) con sede en Eibar. Sabemos a lo que se dedica o dicho de otra forma, para lo que sirve el BOPE (Sin ser exhaustivos: Certificar e inutilizar armas de fuego. Reconocer punzones, marcas, fabricantes. Homologar modelos y armas transformadas). Clasificar y en definitiva legalizar armas de fuego para su futura comercialización. Todo ello, en el marco legal del Reglamento de Armas y en el de Pruebas. Para lo que cuenta en su sede de Eibar, con una infraestructura dotada de galería de tiro, cañones probeta, cabinas de disparo, maquinaria de inutilización, sala de disparo, etc.
¿Pero sabemos, que es realmente el BOPE?. ¿De quién depende?. ¿Cómo se financia?. ¿Y por supuesto, qué hacer ante una negativa del BOPE?.
Por lo que he podido, recoger de aquí y de allá, que no es mucho. El BOPE, es un organismo oficial que depende del Ejercito de Tierra y que se dedica a todo lo que he comentado en el párrafo primero y a algunas cosas más. Por lo que su financiación, debería sustentarse en el presupuesto de Defensa, sin perjuicio de la estructura de recursos propios que llagan por tasas y precios públicos de todas esas actividades mencionadas, que como todos sabemos no son gratis.
Pero, por otro lado, me dicen que se trata de una “entidad privada financiada por las empresas armeras” (literal), y que andaba la cosa, por que fuese la DGGC la que se hiciese cargo es este organismo, dentro de la estructura de la Intervención de Armas (que parece tener cierta lógica).
En fin, que si alguien con conocimiento en la materia, tuviera a bien aportar algo de luz al tema, se lo agradecería.
Palimpsesto Vieja Gloria
Mensajes : 679 Fecha de inscripción : 03/05/2012
Tema: Re: Hablemos del BOPE Vie 28 Jun 2024, 21:16
Mira los artículos 8 y 9 (y ya también el resto) del Reglamento de Pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones en España, aprobado por Orden del Ministerio de Defensa de 19 de febrero de 1979, publicada en el BOE n°50 del día 27 de febrero de 1.979.
Coronel Administrador
Mensajes : 3933 Fecha de inscripción : 20/03/2011
Tema: Re: Hablemos del BOPE Vie 28 Jun 2024, 21:57
Gracias Julián. Se ve que eres jurista de profesión.
Lo que me mantiene en la duda es: Bajo que jurisdicción están las decisiones del BOPE?. Administrativa, Civil..... En consecuencia. Si sus decisiones son vinculantes en las materias reguladas en el citado Reglamento. Sus decisiones son recurribles en vía administrativa?
Un saludo
BBF Moderador
Mensajes : 2722 Fecha de inscripción : 25/11/2019
Tema: Re: Hablemos del BOPE Sáb 29 Jun 2024, 21:30
Hay poca información sobre el asunto, creo que recordar que en tiempos su director era un general pero...
Una noticia de hace unos años: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
"El Banco Oficial de Pruebas de Eibar (BOPE) es un organismo oficial que se encarga de procesar las armas de fuego para expedir diferentes certificados de sus características. Desde 1927 todas las armas españolas deben pasar por esta infraestructura. El capital gestor corresponde al Ministerio de Defensa, a la Asociación Armera, y fueron tres empresas (Dikar, Ardesa y Benetta) quienes aportaron capital para su desarrollo en el polígono industrial de Azitain."
No se encuentra mucho más: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Saludos
Coronel Administrador
Mensajes : 3933 Fecha de inscripción : 20/03/2011
Tema: Re: Hablemos del BOPE Sáb 29 Jun 2024, 22:03
Gracias Juan. Pero sigo nadando en la duda sobre la jurisdicción bajo la que se regulan las decisiones del BOPE. Que intuyo sea la jurisdicción administrativa, y por tanto las decisiones del mismo, desde el punto de vista procedimental, las regularía la Ley de Procedimiento Administrativo, y una vez agotada está vía, el camino de revisión sería el contencioso. Pero eso de ser un organismo oficial y a la vez una entidad privada, me descoloca por completo.
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cosario 7ª 1/2
Mensajes : 520 Fecha de inscripción : 25/02/2021
Tema: Re: Hablemos del BOPE Lun 01 Jul 2024, 12:28
Tal como dice mi Coronel, siendo un Organismo Oficial debe de aplicarse la vía Administrativa y Contencioso Administrativa. Pero un Organismo Oficial no debería tener capital privado, en cuyo caso sería semi público y ya no debería ser oficial.
Otra cosa es que se pueda subcontratar la gestión a un ente privado, pero siempre sería responsable el Organismo Público.
Complicada cuestión, en todo caso aplicará aquella frase de Don Quijote: "Con la Iglesia hemos topado amigo Sancho".
Saludos,
Palimpsesto Vieja Gloria
Mensajes : 679 Fecha de inscripción : 03/05/2012
Tema: Re: Hablemos del BOPE Vie 05 Jul 2024, 12:35