En el título de este hilo, va implícito el dilema.
Acabo de adquirir un carabina del calibre 22 magnum. Y el la Intervención del trámite ya nos han hecho la picha un lío.
Para empezar, por tfno. y a pesar de que de una lectura rápida del RD que regula el Reglamento de Armas, sacó la conclusión que se trata de un arma larga clasificada en la categoría 3.2, por ser de 5,6 mm de calibre (22 americano), nada dice de magnum. Me empiezan a marear con que tengo que tener “Armero para su custodia”.
Ayer al llevar con sumo cuidado el incunable de la factura de adquisición, para que no se deshiciera, me dicen que no es necesario por ser carabina del 22.
Mi sorpresa nace cuando en la guía, pone RIFLE.
Aunque no tengo problemas de cupo ni de armero, me gustaría tener las cosas claras, por si algún día me toca reñir con esta gente.
Algún colega de esta honorable casa, me dice que lo guían como rifle por ser 22 magnum. Otro también ilustre en conocimiento armero, que es carabina 3.2 del Rgto. Y yo tras la lectura del mismo, no veo razón legal para excluirlo como carabina y guiarlo como rifle, al menos si no se me ha escapado algo en la lectura o se haya producido alguna modificación normativa que no he encontrado.
Ruego se me instruya en esta materia.