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 Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas

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flobert6

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MensajeTema: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 00:42

Acabo de escribir en un hilo sobre el .17 hrm el contrasentido de permitir cazar con este calibre que proporciona 330 Julios y prohibir el .22 WMR que alcanza los 440 Julios, y se me vienen a la cabeza unos cuantos asuntos o "alcaldadas" más que tenemos que soportar por ejemplo.

Mañana puedo ir a mi armería con mi licencia AE y comprar  un Remington 45 LC de cartucho metálico y seguidamente comprar un tambor de avancarga cal .44 con lo que tengo un revolver de cartucho metálico que transformo cuando quiero en avancarga.

Pero si compro primero el modelo de avancarga, luego se me prohíbe comprar el tambor de conversión a cartucho metálico para el 45 LC.

En mi Libro de Coleccionista tengo un Remigton Rolling Block modelo 1871/89 calibre .43 Spanish Remington Reformado, fabricado en la Fabrica de Armas de Oviedo, pues si lo quiero guiar para  emplearlo por ejemplo para cazar, tengo que enviarlo a Eibar al BOPE para remarcar sus punzones, previo paso por el Ministerio de Defensa, miles de soldados españoles usaron ese tipo de armas en las guerras coloniales sin tener que pasarlas por el BOPE

Las armas Flobert están permitidas con licencia AE, pero su munición de punta cónica está prohibida su venta aunque dicha prohibición no conste en ningún documento.

Nadie puede explicar porque las polvoras  Blackhorn y Pyrodex que sustituyen a la Polvora Negra sin dejar tantos residuos, no está permitida su venta en nuestro país, aunque dicha prohibición tampoco está escrita en ningún lado-

Sin que conste en ninguna ley, para las armas permitidas con licencia AE por ser diseños anteriores a 1890, no se puede adquirir munición Nitro aunque hayan sido probadas en el BOPE con ese tipo de munición y hay que resignarse a tirar con PN (ojo que a mi me encanta, el problema es la limpieza posterior), afortunadamente los calibres más habituales como .44-40 WCF, .45 LC y .44 Russian, cargados con polvora negra se comercializan en nuestro país (carísimos por cierto)-

Y absurdos así hasta aburrirse.

Saludos.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 00:49

Sigue sigue, a ver sí alguno lee y se pone colorado y no de la rabia como nosotros , que para alguno somos delincuentes en potencia eso sí que pagan y pagan cada vez más PIR todo

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17-06-2014  D. DIEGO GODOY HORRILLO D.E.P
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 09:06

Creo que los contrasentidos se producen al irse llenando huecos legislativos, no porque se legisle de un tirón incluyendo contrasentidos.
Por ejemplo: el cupo en la licencia E y el no cupo de la D, que ha sido producto de la interpretación de la letra de la ley; o lo sucedido con el .17 respecto del .22 anular que ha sido fruto de "lo que NO DICE la Ley".
Bien es verdad que todas esas cosas han debido irse corrigiendo paulatinamente. La posibilidad de adquirir postas y la prohibición de su uso es otra de ellas.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 09:49

Completamente de acuerdo que la legislación en materia de armas en muchas ocasiones es confusa, ridícula e incluso arbitraria ... pero tampoco me parece descabellado que al sacar un rifle de 1871 del LC tenga que pasar por el BOPE.

Vaya, que no me apetece que por que un paisano se quiera ahorrar 200 euros, se ponga a hacer experimentos disparando a 50 centímetros de mi cara.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 20:23

Josete escribió:
Completamente de acuerdo que la legislación en materia de armas en muchas ocasiones es confusa, ridícula e incluso arbitraria ... pero tampoco me parece descabellado que al sacar un rifle de 1871 del LC tenga que pasar por el BOPE.

Vaya, que no me apetece que por que un paisano se quiera ahorrar 200 euros, se ponga a hacer experimentos disparando a 50 centímetros de mi cara.

Los Remington 1871/89 del 43 SR Reformado, dispararon pólvora nitro en la última etapa de su vida activa, hoy en día su munición es obsoleta y es preciso recargar, para competición se recargan con pólvora negra y es generalmente conocido que los Rolling Block son una de las armas más robustas fabricadas, yo me atrevo a dispararlo sin problemas, al igual que cualquier arma de origen militar que esté en buen estado, usando desde luego la munición correcta.

No me fiaría en absoluto de otras armas, como de una escopeta de 1907 calibre 12 que lleva más de 80 años en la familia y que si está guiada y documentada, pero por precaución yo no la disparo, si enviásemos al BOPE muchas armas que andan legalmente por nuestros campos llevaríamos más de una sorpresa, insisto, un arma fabricada en la Fabrica de Oviedo para mi tiene todas las garantias.

Saludos
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 22:04

Todas estas legislaciones absurdas, normas confusas,trámites legales incomprensibles, limitaciones ilógicas y demás sarta de incongruencias se deben a una única razón que es la de ponerlo difícil y crear sensación de dificultad y mal rollo para tener y usar cualuier tipo de armas. Así consiguen que cada día nos de mas pereza comprarlas y tenerlas y no digo usarlas, una mera forma de evitar que existan más adeptos a este mundo. Pero olvidan que el hombre desde que camina a dos patas e incluso antes, se ha armado, para cazar o defenderse, es un instinto inherente a una raza que evoluciona, se organiza, y está en la cúspide de la pirámide de las especies. Pero los estados temerosos del poder que otorga a los civiles, nunca vera con buena gana que la población se arme, y tienen razón en tener miedo sobre todo en momentos como los actuales .Eso si siguen fabricándolas y comerciando con ellas hasta el punto de promover guerras, lo más lejos de sus fronteras por su puesto.
Mientras tanto como en es mi caso, teniendo los permisos de armas de fuego necesarios para manejar armas de fuego capaces de producir energías en boca de 4.000 julios y más desde hace 37 años,me tiene tres días moviendo papeles y 15 de espera para poder tener legalmente un arma de 4 categoría en aire comprimido de 24 julios. y así podríamos poner mil ejemplos de las sandeces que nos hacen cumplir a los que sufridamente nos gusta tener y usar armas "LEGALMENTE"
Es marketing de gobiernos amigos, cuanto mas trabas e incomodidades = menos adeptos
Perdón por la "tostada"
Un abrazo sufridos amigos
Alberto
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMar 22 Jul 2014, 22:19

Es que algún iluminado piensa que iniciáremos una guerra con balas de 4 euros la unidad

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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMiér 23 Jul 2014, 14:57

A mi un contrasentido me parece que la guardia civil ,se permita subastarme un arma ,que lo más probable es que me volase el hocico en el primer disparo.
Y luego como dice el compañero de Cudillero , que a el le quieran joder 200 o 400€ por la prueba de un arma que seguramente esté en buen estado.
Esto a mi me ha tocado la moral y mi respeto, juro que lo han perdido de por vida , a que jugamos hombre?
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMiér 23 Jul 2014, 18:39

Pongo estas imagenes donde se puede observar la robustez del Remington Rolling Block.

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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMiér 23 Jul 2014, 18:42

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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMiér 23 Jul 2014, 18:48

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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeMiér 23 Jul 2014, 19:03

flobert6 escribió:
Pongo estas imagenes donde se puede observar la robustez del Remington Rolling Block.

Y lo bonita que está.  Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas 4061443811 
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Josete

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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 10:21

flobert6 escribió:

Los Remington 1871/89 del 43 SR Reformado, dispararon pólvora nitro en la última etapa de su vida activa, hoy en día su munición es obsoleta y es preciso recargar, para competición se recargan con pólvora negra y es generalmente conocido que los Rolling Block son una de las armas más robustas fabricadas, yo me atrevo a dispararlo sin problemas, al igual que cualquier arma de origen militar que esté en buen estado, usando desde luego la munición correcta.

No me fiaría en absoluto de otras armas, como de una escopeta de 1907 calibre 12 que lleva más de 80 años en la familia y que si está guiada y documentada, pero por precaución yo no la disparo, si enviásemos al BOPE muchas armas que andan legalmente por nuestros campos llevaríamos más de una sorpresa, insisto, un arma fabricada en la Fabrica de Oviedo para mi tiene todas las garantias.

Compañero,

Desde luego que no dudo de la calidad y estado de su arma, muchísimo menos de su criterio. Tan sólo me refería a que tampoco me parece tan ilógico que haya de pasar el Banco de Pruebas un arma que ha dormitado un tiempo indefinido en régimen de colección y no disponga de certificado de un banco de pruebas autorizado ... como norma general, no en un caso particular.

En su caso, pues con toda garantía es una santa cabronada; puesto que su arma se encuentra en perfectas condiciones y volver a punzonarla puede hacer que pierda valor.

Pero estamos hablando de incongruencias en la legislación, y esta ha de dar cabida a las armas que estén en excelente estado, las que lo estén en uno deplorable y todas las del medio. Las fabricadas en Oviedo y las de Taiwan.

Es decir; ¿cuál sería la alternativa para volver a guiar un arma? ¿no pedir certificado del BOPE a ninguna? ¿según el criterio del propietario? ¿según el criterio de la Intervención de armas? Eso si sería incoherente.

Pasa lo mismo con los coches, das de baja un coche y para el alta es impepinable pasar la ITV ... da lo mismo que haya estado de baja 6 días, que 60 años, sea un ferrari o un seiscientos.

Lamento si en este punto genero controversia, pero yo también he perdido la fé en el ser humano cuando hay dinero por medio ... sé que la gente por ahorrarse cuatro duros es capaz de cualquier cosa.

Realmente precioso ese Remington Very Happy

salvadorec escribió:
A mi un contrasentido me parece que la guardia civil ,se permita subastarme un arma ,que lo más probable es que me volase el hocico en el primer disparo.
Y luego como dice el compañero de Cudillero , que a el le quieran joder 200 o 400€ por la prueba de un arma que seguramente esté en buen estado.
Esto a mi me ha tocado la moral y mi respeto, juro que lo han perdido de por vida , a que jugamos hombre?
Totalmente de acuerdo. Es más, no sé yo hasta que punto no se podría pedir responsabilidades si alguien compra un arma en una subasta y, haciéndo un uso adecuado de la misma, le explote en la cara.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 11:14

Josete escribió:
Es más, no sé yo hasta que punto no se podría pedir responsabilidades si alguien compra un arma en una subasta y, haciéndo un uso adecuado de la misma, le explote en la cara.

Pues en manos de un despacho a la americana te digo que se suspenden las subastas de armas para los restos.

El Banco de Pruebas es un instrumento mucho más serio y útil de lo que la mayoría piensa, y el establecimiento de unos estándares que hagan innecesaria una prueba con fuego son imprescindibles. En Inglaterra, el vendedor de un arma usada SI tiene responsabilidades cuando la vende, teniendo que asegurarse de que el arma en cuestión está dentro de prueba midiendo recámaras, grosor de las paredes de los cañones y chokes.

En las subastas inglesas existe un apartado en el que se presentan armas completas, pero con la advertencia de que sólo se venderá al comprador la acción, la culata y el guardamanos con la opción del cañón reglamentariamente cortado en el Banco de Pruebas de Londres a la altura de las recámaras. Y esto no se hace porque sí. Se hace de manera obligada por la responsabilidad que contrae el vendedor en caso de un accidente porque el arma estuviese fuera de prueba.

Si nos ponemos con esas, el 50% -por decir algo- de las armas que aparecen en las subastas de la GC deberían ir directamente a la chatarra, o bien ser desprovistas de los cañones para que se puedan aprovechar las piezas (que no es poco).

Guns sold as Stock, Action and Fore-end only are sold without barrels. The original barrels may be available for sleeving purposes, but will only be released cut in the approved manner as per Proof House guidelines. THIS APPLIES TO ALL BUYERS REGARDLESS OF LICENCE HELD OR COUNTRY OF DESTINATION.

Las armas vendidas como "sólo culata, acción y delantera" serán vendidas sin cañones. Los cañones originales podrían estar a disposición con fines de zunchado, pero sólo serán entregados cortados en la manera reglamentaria que indica el Banco de Pruebas. ESTO CONCIERNE A TODOS LOS COMPRADORES CON INDEPENDENCIA DEL TIPO DE AUTORIZACIÓN QUE POSEAN O PAÍS AL QUE SE DESTIENEN.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 11:41

Aplausos!...
Alberto
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 11:46

Beltenebros escribió:

Pues en manos de un despacho a la americana te digo que se suspenden las subastas de armas para los restos.

El Banco de Pruebas es un instrumento mucho más serio y útil de lo que la mayoría piensa, y el establecimiento de unos estándares que hagan innecesaria una prueba con fuego son imprescindibles. En Inglaterra, el vendedor de un arma usada SI tiene responsabilidades cuando la vende, teniendo que asegurarse de que el arma en cuestión está dentro de prueba midiendo recámaras, grosor de las paredes de los cañones y chokes.

En las subastas inglesas existe un apartado en el que se presentan armas completas, pero con la advertencia de que sólo se venderá al comprador la acción, la culata y el guardamanos con la opción del cañón reglamentariamente cortado en el Banco de Pruebas de Londres a la altura de las recámaras. Y esto no se hace porque sí. Se hace de manera obligada por la responsabilidad que contrae el vendedor en caso de un accidente porque el arma estuviese fuera de prueba.

Si nos ponemos con esas, el 50% -por decir algo- de las armas que aparecen en las subastas de la GC deberían ir directamente a la chatarra, o bien ser desprovistas de los cañones para que se puedan aprovechar las piezas (que no es poco).
Interesantísimo, desconocía totalmente esta práctica en Inglaterra.

Realmente en España también existen responsabilides en la compra-venta entre particulares, estas se rigen por el Código Civil y sin duda sería una epopeya jurídica con resultado incierto. Y asumiendo que está legislado la responsabilidad de los bienes con los que se mercadea, también creo que pudiera aplicarse los artículos relativos a la Responsabilidad Civil respecto a reparar el daño causado a un tercero por acción u omisión.

Habiendo abogados en este foro, seguro que nos sacan de la duda Wink


***************************************
Artículo 1484.

El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.

Artículo 1485.

El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase.

Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

Artículo 1486.

En los casos de los dos artículos anteriores, el comprador podrá optar entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.

Si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó al comprador, tendrá éste la misma opción y además se le indemnizará de los daños y perjuicios, si optare por la rescisión.

Artículo 1487.


Si la cosa vendida se perdiere por efecto de los vicios ocultos, conociéndolos el vendedor, sufrirá éste la pérdida, y deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato, con los daños y perjuicios. Si no los conocía, debe sólo restituir el precio y abonar los gastos del contrato que hubiese pagado el comprador.

Artículo 1488.

Si la cosa vendida tenía algún vicio oculto al tiempo de la venta, y se pierde después por caso fortuito o por culpa del comprador, podrá éste reclamar del vendedor el precio que pagó, con la rebaja del valor que la cosa tenía al tiempo de perderse.

Si el vendedor obró de mala fe, deberá abonar al comprador los daños e intereses.

Artículo 1489.

En las ventas judiciales nunca habrá lugar a la responsabilidad por daños y perjuicios; pero sí a todo lo demás dispuesto en los artículos anteriores.

Artículo 1490.

Las acciones que emanan de lo dispuesto en los cinco artículos precedentes se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 12:17

Sólo a título de anécdota;

Desde que uno es educado y tiene uso de razón comienza a discriminar lo que es bueno y lo que es malo. Cuando la edad, y las hostias que te da la vida, aumenta, uno comienza a distinguir lo punible de lo que no lo es.

Es decir; hay gente que hace cosas malas, hay gente que hace cosas buenas, los que hacen cosas malas en ocasiones se les castiga ... y luego están los accidentes, esas cosas que a veces suceden sin uno pretenderlo y se solucionan con educación y disculpas.

Yo siempre viví en esa convicción: no hagas mal a nadie y no tendrás problemas --me equivocaba.

Hace unos meses fuí condenado en firme a pagar 14.000 €, más costas, en concepto de Responsabilidad Civil. Siendo yo peatón, crucé indebidamente la calzada siendo atropellado por un ciclista, el cual sufrió daños físicos (nada grave) y materiales. Estaba en su derecho de reclamar ser resarcido y así lo hizo.

Tú te levantas una mañana, te duchas, te afeitas, estás dando un paseo y de pronto te ves envuelto en el mayor marrón que hayas visto en tu miserable vida. Un tiempo después, vía citación judicial, te presentan al mayor monstruo que existe en la faz de la tierra: un proceso judicial.

El día que conoces esta nueva dimensión, creedme que tienes el culete que no pasa ni el bigote de una gamba en lo referente a cualquier tipo de relación que conlleve un riesgo inherente con otro ser humano. Ad æternum.

Ya puede valer mucha pasta, ya puedo necesitar mucho el dinero, porque hoy por hoy, no se me ocurre vender a otro particular algo más peligroso que un gato de porcelana ni-de-co-ña. Una moto, un arma ... antes lo pego fuego.

Esta anecdotilla sólo como reflexión a lo citado por el maestro Beltenebros; no me extraña que en el Reino Unido se cuiden muy mucho de que las armas sean peritadas antes de su venta, tanto particulares como subastas.
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Beltenebros
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 24 Jul 2014, 13:08

Josete escribió:
...no me extraña que en el Reino Unido se cuiden muy mucho de que las armas sean peritadas antes de su venta, tanto particulares como subastas.

Pero ¿qué otra cosa -si no- significan los punzones, contrastes, sellos o marcas?, ¿Por qué y para qué -si no- se ponen? No son un capricho, si no una garantía y pasar un arma mínimamente sospechosa por el Banco de Pruebas, no es otra cosa que la extensión de esa garantía.
Si hay reticencias, que las puedo entender siempre que no haya justificación para lo contrario, a que una "clásica" se le añadan marcas nuevas, se tiene forzosamente que contrastar en ese 20,6 de recámara sigue siendo 20,6 (y si lo mantiene no es necesario marcar nada), o si las ánimas que deberían tener 17,9 siguen teniendo 17,9, o si el grosor mínimo de seguridad se mantiene (y no hay que marcar nada). Estas son algunas de las pruebas no de fuego a las que me refiero.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 21 Ago 2014, 18:50

Precioso R. Block, Flobert. Me llama la atención la cantonera que lleva. He visto muchos de diferentes manufacturas, pero ninguno con ese tipo de cantonera de latón. Entiendo que es original, pero en todo caso no es el arma standard. ¿Te consta si fué un apaño en época?
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeJue 21 Ago 2014, 22:35

Wildcat escribió:
Precioso R. Block, Flobert. Me llama la atención la cantonera que lleva. He visto muchos de diferentes manufacturas, pero ninguno con ese tipo de cantonera de latón. Entiendo que es original, pero en todo caso no es el arma standard. ¿Te consta si fué un apaño en época?


Hola Wildcat, el arma ya me llegó así en 1969 procedente de ls familia un coronel, antiguo director de la Fabrica de la Vega (Fabrica de Armas de Oviedo), por lo visto se trataba de un obsequio bastante frecuente a finales del siglo XIX, el acabado lo solían efectuar los aprendices.

Es calibre 11,4x57R (.43 Spanish Remington Reformado, reforma Freyre Brull) y por lo visto se puede fabricar munición para él partiendo del 348 Winchester, y mi idea era guiarlo para acabar con uno de los muchos jabalís que andan por estos lares, previo permiso y abono de una tasa a la sociedad que tiene la titularidad del coto social de donde vivo, pero no va a poder ser.

Saludos cordiales.
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MensajeTema: Re: Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas   Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas Icon_minitimeVie 22 Ago 2014, 00:22

Es correcto que puedes sacar vainas para recargar, partiendo del 348 Winchester, pero no es facil en España conseguirlas. No obstante conozco a gente que han conseguido vainas para el 43 S. reformado, de fabricantes actuales y bajo pedido. Tampoco es complicado conseguir las matrices de recarga, aúnque son caras. Absurdos y contrasentidos en la legislación de armas 2141627328 
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