El que primero solicita la monteria tienes la autorizacion de la junta y el vecino en este caso la denegacion de la misma, ahora es cuando tu si quieres le autorizas a realizar la monteria el mismo dia, esto tiene que ir acompañado de un escrito firmado por el titular del coto especificando que autorizas la colindancia , luego la junta resuelve. Normalmente no hay mayor problema.